

FUNCIONES DEL PERSONAL DE DIRECCION
Articulo 22
La dirección del C E I Patriotas de Venezuela, está regida por personal calificado el cual entre sus funciones esta procesar todo lo concerniente a políticas educativas emanada del Ministerio del Poder Popular para la Educación, así como de sus entes regentes, define conjuntamente con la Dirección Administrativa, las líneas de mando y las responsabilidades del personal adscrito de acuerdo a las denominaciones del cargo, dicta las diversas pautas sobre la planificación y participación del personal en ejecución del trabajo, vela por el ejercicio pedagógico de su personal, dirige el trabajo del personal a su cargo, supervisa la planificación desarrollo y evaluación del proceso enseñanza – aprendizaje entre otros.
FUNCIONES DE LA DIRECCION ADMINISTRATIVA
Articulo 23
Realiza diagnósticos de la institución relacionado con el proceso administrativo del plantel, prevé conjuntamente con el consejo educativo presupuestos para solventar necesidades del plantel, precisa el orden de prioridad de las necesidades del plantel, orienta al personal de la institución en relación a los tramites generales para la solicitud de permisos ante el MPPPE, precisa las estadísticas de ingreso, matricula, deserción conjuntamente con el director, controla las erogaciones presupuestarias del plantel entre otras.
FUNCIONES DEL CONSEJO EDUCATIVO
Articulo 24
Son asociaciones creadas para organizar el funcionamiento de la Comunidad Educativa de acuerdo con la Ley Orgánica de Educación y la Resolución N° 058 del MPPPE. El Consejo Educativo es, de esa manera, la instancia de participación ciudadana en toda institución educativa del Subsistema de Educación Básica, integrado por los padres, madres representantes, docente y comunidad.
Sus integrantes actuarán en el proceso educativo de acuerdo con lo establecido en las leyes que rigen el Sistema Educativo Venezolano. Y los acuerdos de Convivencia Escolar y Comunitaria de esta institución.
COMITES ACTIVOS
Contraloría Social
Araya Jahen, Wilmer Pacheco, América Carrasquero
Cultura
Annery Linares, Merling Fernández, Araya Jahen
Académico
Trina Da Silva, Honny González, Yenny Ortega
Madres Padres Representantes y Responsables
Wendy Herrera, Belkis Carrillo, Ángela Quintero
Comunicación e Información
Gabriela Rojas, María Ruiz, Honny González
Ambiente, salud integral y alimentación
Genny Quiroz, Nieve Díaz, Magdy Castillo
FUNCIONES DE LOS DOCENTES
Articulo 25
La función docente es aquella de carácter profesional que implica la realización directa de los procesos sistemáticos de enseñanza - aprendizaje, lo cual incluye el diagnóstico, la planificación, la ejecución y la evaluación de los mismos procesos y sus resultados, y de otras actividades educativas dentro del marco del proyecto educativo
La función docente, además de la asignación académica, comprende también las actividades curriculares no lectivas, el servicio de orientación estudiantil, la atención a la comunidad, en especial de los padres de familia de los educandos; las actividades de actualización y perfeccionamiento pedagógico; las actividades de planeación y evaluación institucional; otras actividades formativas, culturales y deportivas, contempladas en el
Proyecto educativo de la institución así como la administración y programación relacionadas directamente con el proceso educativo.
FUNCIONES DEL PERSONAL OBRERO
Articulo 26
Este se encargara de la limpieza y mantenimiento de todas las áreas, mobiliario y equipo de la institución, así como de calentar la comida en horas de almuerzo que envíen los representantes a los alumnos para su alimentación. Sus funciones estarán coordinadas por los superiores de la institución en el momento y/o donde sean necesarias
ORGANIZACIONES QUE HACEN VIDA EN LA INSITUCION
COLECTIVO DE FORMACION PERMANENTE E INVESTIGACION
Articulo27
Son los que promueven la formación desde la acción, con valores, honestidad y justicia, equidad y corresponsabilidad social. Se encarga de propiciar la formación del docente con objetivos individuales y colectivos que mejoren la calidad educativa
MOVIMIENTO BOLIVARIANO DE FAMILIA
Articulo 28
Es la articulación entre padres, representantes, docente, y comunidad educativa para impulsar la trasformación curricular y la calidad educativa
Surge como un espacio de participación que asume la corresponsabilidad con el ejercicio de los derechos sociales
Promueve la participación, organización, y concientización de las familias en defensa de la educación
Integrantes del Movimiento Bolivariano de Familia
Wilmer Pacheco, Leidy Ochoa, Genny Quiroz, Michell Vargas
CONSEJO DE PARTICIPACION
Articulo 29
Sus bases se fundamentan en el artículo 132 de nuestra Carta Magna, con la finalidad de desarrollar acciones de carácter social y participativo, es un órgano de consulta, colaboración, apoyo, gestoría e información que impulsan la colaboración de las comunidades en tarea educativa, con la corresponsabilidad de las madres, padres y sus asociaciones, maestros y comunidad.
PATRULLA ESCOLAR
-
Guiar, dirigir y controlar a sus compañeros y compañeras, en la disciplina en la institución, (dirigirse con decoro por pasillos y patio, evitar correr por los mismos, respeto y tolerancia con los compañeros
-
Ocupar sus posiciones de patrullaje a las horas indicadas por sus superiores
-
Observar fielmente las normas de operación de la Patrulla Escolar cuando el docente lo indique.
-
Mantener su uniforme y equipo en perfecto orden y estado de limpieza
ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DE LA INSTITUCIÓN

