

DERECHOS GARANTÍAS Y DEBERES
DERECHO DE LOS Y LAS ESTUDIANTES
Articulo 30
Artículo 10. Niños, niñas y adolescente sujeto de derechos
Artículo 11. Derecho y Garantías inherentes a la persona humana
Artículo 15. Derecho a la vida
Artículo 16. Derecho a un nombre y a una nacionalidad
Artículo 17. Derecho a la identidad.
Artículo 18. Derecho a ser inscrito o inscrita en el registro del estado civil
Artículo 22. Derecho a documentos públicos de identidad
Artículo 23. Derecho a dotación de recurso
Artículo 25. Derecho a conocer a su padre y madre y a ser cuidado por ellos
Artículo 26. Derecho a ser cuidado en una familia
Artículo 27. Derecho a mantener relaciones personales y contacto directo con el padre y la madre
Artículo 28. Derecho al libre desarrollo de la personalidad
Artículo 29. Derecho de los niños, niñas y adolescente con necesidades especiales
Artículo 30. Derecho a un nivel de vida adecuado
Artículo 31. Derecho al ambiente
Artículo 32. Derecho a la integridad personal
Artículo 32-A. Derecho al buen trato
Artículo 33. Derecho a ser protegido y protegida contra el abuso y explotación sexual.
Artículo 35. Derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión.
Artículo 36. Derecho a la cultura de la minoría.
Artículo 37. Derecho a la libertad personal
Artículo 38: Prohibición de la esclavitud, servidumbre y trabajo forzoso
Artículo 39. Derecho a la libertad de transito
Artículo 41. Derecho a la salud y servicios de salud.
Artículo 43. Derecho a la información en materia de salud.
Artículo 47. Derecho a ser vacunado y vacunada
Artículo 48. Derecho a la atención médica de emergencia
Artículo 52. Derecho a la seguridad social
Artículo 53. Derecho a la educación.
Artículo 55. Derecho a participar en el proceso de Educación.
Artículo 56. Derecho a ser respetado y respetada por los educadores y educadoras
Artículo 63. Derecho al descanso, recreación, esparcimiento, deporte y juego
Artículo 65. Derecho al honor, reputación, propia imagen, vida privada e intimidad familiar
Artículo 66. Derecho a la inviolabilidad del hogar y de la correspondencia
Artículo 67. Derecho a la libertad de expresión.
Artículo 68. Derecho a la información.
Artículo 80. Derecho a opinar y ser oído y oída
Artículo 81. Derecho a participar
Artículo 82. Derecho de reunión
Artículo 83. Derecho a manifestar
Articulo 84 Derecho de libre asociación
Artículo 85. Derecho a petición
Articulo 86 Derecho a defender su derecho
Artículo 87. Derecho a la justicia
Artículo 88. Derecho a la defensa y el debido proceso
Artículo 89. Derecho a un trato humanitario y digno
DEBERES DE LOS Y LAS ESTUDIANTES
NOTA: estos deberes están dirigidos y orientados a los docentes, padres, representantes y personas adultas responsables del cuidado de niños y niñas para que velen y hagan cumplir los mismos, ya que trata de niños y niñas de 2 a 6 años.
Siguiendo las indicaciones del Articulo 93 de la LOPNNA
Articulo 31
-
Deber de denunciar amenazas y violaciones de los derechos y garantías de los niños
-
Honrar a la Patria y sus Símbolos
-
Respetar, cumplir y obedecer todas las disposiciones del ordenamiento jurídico y las ordenes legitimas que, en la espera de sus atribuciones, dicten los órganos del poder publico
-
Respetar los derechos y garantías de las demás personas
-
Honrar, respetar y obedecer, a su padre, madre, representantes o responsables, siempre que sus órdenes no violen sus derechos o garantías ,o contravengan al ordenamiento jurídico
-
Ejercer y defender activamente sus derechos
-
Cumplir sus obligaciones en materia de educación
-
Respetar la diversidad de conciencia, pensamiento, religión y culturas
-
Conservar el medio ambiente
-
Cualquier otro deber que sea establecido en la ley
DERECHOS Y GARANTIAS DE LOS Y LAS DOCENTES
Articulo 32
-
El personal docente está integrado por quienes ejerzan funciones de enseñanza, orientación, investigación, evaluación, dirección, supervisión y administración en el campo educativo. (Art. 41 LOE)
-
Disfrutar de un ambiente de trabajo acorde a las función docente
-
No ser discriminado por razón de sus creencias filosóficas, políticas, religiosas, siempre y cuando no contradigan los principios emanados de las leyes que rigen la materia y que no perjudiquen el normal desarrollo del proceso educativo
-
Recibir un trato cortés y amable por parte de los directivos, estudiantes, padres de familia y demás miembro de la comunidad educativa.
-
Los docentes deben tener el material didáctico necesario para el desarrollo, ejecución y fortalecimiento de las actividades pedagógicas planificadas, y entregar a la Dirección el inventario actualizado del mismo al fin del año escolar y solicitar el requerido para el siguiente año
-
El docente tiene el derecho cuando considere necesario, plantear sus inquietudes o tratar alguna situación que lo afecte personal o profesionalmente, ante la Dirección de la institución. Y esta debe responder oportunamente a la solicitud planteada
-
Estar informado acerca de todas las actividades educativas, científicas, sociales, culturales y deportivas, planificadas o en ejecución en el ámbito de su comunidad, entes reguladores de la educación (MPPPE)
-
Derecho de solicitar permiso y/o licencia de acuerdo a las disposiciones vigentes, pero atendiendo a las necesidades y funcionamiento de la institución
-
Recibir información de su desempeño en cada consejo educativo que se realice
-
Recibir honores y condecoraciones de acuerdo con sus méritos profesionales
-
Los demás derechos que le corresponda, como persona y ciudadano, atendiéndose a normas legales y reglamentarias
-
Informar a la Dirección del Plantel la observación de cualquier violación de los derechos del niño, niñas.
DEBERES DE LOS Y LAS DOCENTES
Articulo 33
-
Observar conducta democrática en el ejercicio de su función, en este sentido fomentar la convivencia social por medio del trabajo. Mantener cierto grado de dominio emocional ante las diversas situaciones problemáticas que día a día se presentan, tratar de ser justos y ecuánimes en la constante valoración que debe hacer de la actuación de los alumnos, fomentar el espíritu de solidaridad humana, contribuir con la formación de ciudadanos aptos para la práctica de la democracia y favorecer el pleno desarrollo de la personalidad del educando.
-
Asistir diaria y puntualmente al plantel y llegar por lo menos 15 minutos antes de iniciar las labores ordinarias del turno (horario 7:00 a 4:00 p. m.)
-
Entregar en dirección en el tiempo previsto , la documentación y requisitos necesarios para la elaboración del archivo personal y uso de la dirección de la institución (meses septiembre y mayo)
-
Evitar retrasos y/o inasistencias injustificadas, en cualquiera de los casos citados, el docente deberá comunicarse con antelación a la dirección o a la coordinación. Se exceptúan los casos imprevistos, esto con la finalidad de mantener la disciplina.
-
Firmar el libro de asistencia y puntualidad y asentar la hora exacta de llegada.
-
Estimular con su ejemplo el civismo ante los símbolos patrios
-
No abandonar el aula o los sitios de trabajo en las horas laborales
-
Atender a los alumnos en las horas de llegada, parque y salida.
-
Dar permiso al baño de manera controlada y enviar junto con el alumno a la maestra auxiliar.
-
Dispensarle en todo momento a los alumnos del plantel un trato culto, no violentar sus derechos consagrados en la LOPNNA, recuerden su misión es educar y orientar con ejemplo y palabra
-
Cumplir con todos los objetivos planificados en el proyecto pedagógico del aula
-
Entregar puntualmente los recaudos del alumno en la dirección
-
Conocer individualmente a los alumnos de su sección y llevar cuidadosamente el registro descriptivo de los mismos.
-
Recabar de los docentes de cada sección, las informaciones sobre casos de alumnos que deban ser objetivos de atención especial.
-
Citar o entrevistar a los padres o representantes de los alumnos que requieran de atención especial y orientarlos debidamente
-
Establecer las relaciones necesarias entre el plantel y la comunidad
-
Convocar periódicamente o cuando las circunstancias lo exijan, a los representantes correspondientes para tratar con ellos colectiva o individualmente, los problemas generales de la sección o de los alumnos en particular, previa autorización de la dirección.
-
Conocer la Constitución Nacional, La Ley de Educación y su reglamento, Los Decretos y resoluciones emanadas de las autoridades competentes, así como la LOPNNA y trabajar en función de su cumplimiento.
-
Esforzarse en el mejoramiento profesional de su propia capacidad y en obtener el mayor rendimiento en el desempeño de su labor docente
-
Mantener la rectitud cívica y la imparcialidad política, no admitir el proselitismo político y el adoctrinamiento político dentro del Plantel, como corresponde a todo educador en el cumplimiento de su función
-
Asumir una actitud ceñida a los más altos principios de la moral profesional y ciudadana, evitando cualquier acción que pueda ser tomada como signo de parcialidad ante los conflictos estudiantiles
-
Derecho a conocer la Visión y Misión de la institución
-
Mantener reserva estricta y no divulgar las informaciones confidenciales de carácter personal y/o familiar, contenidas en los documentos que manejen y/o a los cuales tengan acceso
DERECHOS Y GARANTIAS DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO
Articulo 34
-
Se reconoce a todas las personas que integran el Personal Administrativo del C E I Patriotas de Venezuela los derechos y las garantías que se enuncian a continuación:
-
Derecho a disfrutar de un ambiente de trabajo que reúna las condiciones mínimas necesarias para el desarrollo de sus labores
-
Derecho a ser respetado por todas las personas que integran el Centro Educativo
-
Derecho a presentar o dirigir peticiones a la autoridad inmediata, siguiendo los canales regulares dispuestos por la institución para tal fin, sobre los asuntos que le conciernan y a obtener respuesta oportuna a sus peticiones
-
Derecho a expresar su opinión acerca de los asuntos de la vida del Centro Educativo en que tengan interés, respetando los canales regulares dispuestos por el Colegio para tal fin
-
Derecho a defender los derechos, garantías e intereses de niños, niñas y adolescentes
-
Derecho a ser atendidos oportunamente con respeto, cordialidad y equidad por el Personal Docente y Directivo, cuando acudan ante ellos para tratar asuntos que les conciernen, durante los horarios establecidos a tal efecto
-
Derecho al debido proceso y a la defensa, especialmente, en todos los procedimientos de carácter sancionatorio
-
Derecho a conocer la Visión y Misión de la institución
-
Derecho a que el Personal Directivo brinde facilidades, de acuerdo a las posibilidades del Centro Educativo, para asistir a talleres, cursos, convivencias, reuniones y cualesquiera tipo de actividades dirigidas al perfeccionamiento de su profesión y/o la mejora de la calidad de su labor
-
Derecho a participar libre, activa y plenamente en la vida del Centro Educativo
-
Los demás derechos y garantías reconocidas en el ordenamiento jurídico, el presente Acuerdos de Convivencia
DEBERES DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO
Articulo 35
-
Asistir diaria y puntualmente al plantel y llegar por lo menos 15 minutos antes de iniciar las labores ordinarias del turno (horario 7:00 a 4:00 p. m.)
-
Cumplir cabal y oportunamente con todas las obligaciones laborales
-
Respetar los derechos y garantías de las demás personas
-
Mantener con todos los integrantes del Centro Educativo relaciones personales que se caractericen por la honestidad, la solidaridad, la tolerancia, la cooperación, la amabilidad y el respeto
-
Respetar las normas de la moral y las buenas costumbres, empleando siempre el lenguaje apropiado
-
Ejercer y defender apropiadamente sus derechos y garantías
-
Promover los derechos y garantías de los niños, niñas consagrados en la LOPNNA
-
Mantener reserva estricta y no divulgar las informaciones confidenciales de carácter personal y/o familiar, contenidas en los documentos que manejen y/o a los cuales tengan acceso
-
Las demás responsabilidades y deberes establecidos en el ordenamiento jurídico, los presentes acuerdo de convivencia escolar y comunitario
-
Vigilar por que las normas de seguridad se cumplan
DERECHOS Y GARANTIAS DEL PERSONAL OBRERO
Articulo 36
-
A ser respetados por todos los integrantes de la Comunidad Educativa
-
A dirigir peticiones a las autoridades del plantel y obtener respuestas de sus solicitudes
-
A opinar libremente sobre asuntos de la vida del plantel en que tenga interés
-
A defender los derechos, garantías e intereses de los niños y niñas que hagan vida en la institución
-
A ser atendidos oportunamente con respeto, cordialidad y equidad por los directivos y docentes
-
Al debido proceso y a la defensa especialmente en los casos de tipo sancionatorios
-
Participar en la realización y organización de los actos del Preescolar
DEBERES DEL PERSONAL OBRERO
Articulo 37
-
Asistir a su trabajo diariamente y cumplir con su horario establecido y firmar el libro de asistencia a la entrada y la salida. (HORARIO 7:00 a.m. a 4:00 p. m.)
-
Utilizar el uniforme y equipos ( gorros, guantes, tapaboca, etc.) durante las horas laborables en que sea necesarios
-
Cumplir con las recomendaciones impartidas por el Personal Directivo, Docente, Administrativo y Especializado
-
Mantener aseadas y ordenadas las dependencias de la institución: aulas, baño, Dirección, entrada del Preescolar, parque infantil, pasillos, frente, deposito cocina, etc.
-
Conocer las acuerdo de convivencia escolar y comunitaria, la visión y misión de la institución
-
Evitar disputas y rencillas que interfieran en la buena marcha de la institución
-
Permanecer en su lugar de trabajo durante la jornada laboral. Sólo podrán ausentarse por causas justificadas por la Dirección
-
En caso de inasistencia, por motivos personales, deben cancelar los honorarios del suplente
-
En caso de permisos deben solicitarse con antelación y traer soportes
-
Recordar que los actos de voluntad que se preste a cualquier integrante de la institución será siempre reconocido como una manifestación de consideración y aprecio.
DERECHOS DE LOS PADRES Y REPRESENTANTES
Articulo 38
-
Ser informado acerca de la organización y funcionamiento del plantel así como del régimen docente y de evaluación
-
Elegir y ser elegido como delegado de sección o miembro de los comité que conforman la Resolución 058
-
Elegir o ser elegido en el Movimiento Bolivariano de Familia
-
Tener voz y voto en las Asambleas de Padres
-
Ejercer su defensa o la de su representando ante las autoridades correspondientes del plantel.
-
Recibir información oportuna sobre la actuación general de su representando
-
Conocer las acuerdo de convivencia escolar y comunitaria, la visión y misión de la institución
-
Recibir buen trato y respeto por parte del personal de la Institución
-
Conocer el Plan de Estudios, la Propuesta Pedagógica y el proceso de valoración y evaluación de cada área del nivel que cursa su representado
-
Recibir las Boletas de desempeño académico y actitudinal de sus representados
-
Solicitar reuniones extraordinarias individuales, para atender situaciones, tanto académicas como disciplinarias, siguiendo los conductos regulares
DEBERES DE LOS PADRES Y REPRESENTANTES
Articulo 39
Son deberes de los representantes:
-
Colaborar con todas las actividades que realice la institución en beneficio de su representando.
-
Garantizar y colaborar en la educación de su representado proporcionándoles útiles, uniforme, y demás materiales que requiera la institución, así como en el hogar brindarle un ambiente físico y emocional adecuado Art 54 LOPNA
-
Asistir a las citaciones y reuniones convocadas por el personal docente o directivo
-
Ser miembro de algún comité conformado en la institución (resolucion058), Movimiento Bolivariano de Familia
-
Cumplir puntualmente con las normas administrativas del plantel (Inscripciones en el tiempo estipulado, colaboraciones, mensualidades etc.)
-
Estar atento a las asignaciones y otras actividades que se le establezcan a su representado y orientarlos en las mismas
-
Velar por que su representado use el uniforme escolar reglamentario de acuerdo al día y a la actividad que corresponda.
-
Velar Por el cumplimiento del horario de actividades establecido
-
Recibir, revisar y guardar los boletines o boletas de su representado
-
El representante será responsable por los daños o perjuicios ocasionados por su representado. Resolución N 669 Caracas 9 de septiembre de 1985, Gaceta Oficial 33.303 y art 1190 del Código Civil.
-
Aceptar los llamados de atención que le sean asignados a su representado, por los docentes o personal directivo cuando este incurra en peleas, indisciplinas, inasistencias, o bajo rendimiento
-
Proporcionar ayuda académica particular y/o atender la remisión a tutores o especialista(s) externo(s), cuando haya sido solicitada por la Dirección, la Coordinación Académica o el personal docente. En el caso de la solicitud de aplicación de procedimientos evaluativos o valoraciones de profesionales externos en el área de salud, neuro o psicolingüistas, psicología, u otro tipo de exámenes especializados, los padres deberán acatar dicha solicitud institucional. Es claro que los Padres podrán escoger el profesional o profesionales idóneos para dichos procedimientos.
-
El hecho de manifestar que no conoce o no ha leído las normas del presente manual, no lo exonerará de su responsabilidad al respecto
-
Mostrar cortesía y buenos modales en el trato con los integrantes de la comunidad educativa.
-
Informar inmediatamente a la Administración: cambios de dirección, teléfonos, y/o retiros definitivos del alumno
-
Velar por la salud y una alimentación balanceada de sus hijos
-
Fomentar en sus hijos normas de urbanidad y buenas costumbres, así como un excelente manejo de las relaciones interpersonales a nivel del hogar, del colegio y en general de la comunidad
-
Inculcar en su(s) hijo(s) hábitos de aseo y pulcritud personal. Velar por la adecuada presentación personal de sus hijos
-
Nota: la reincidencia en tres faltas leves, las cuales están tipificadas en el manual de acuerdos de convivencia y tengan el debido proceso (orientación pedagógica, orientación verbal y amonestación escrita) todas las anteriores serán asentadas en el libro de falta, se remitirá al consejo de protección del niño y del adolecente, el cual tomara las acciones legales pertinentes al caso, de igual manera se aclara que las sanciones serán dirigidas a los padres y no al alumno por su minoría de edad.
IMPORTANCIA DE LA FAMILIA
Articulo 40
La seguridad y bienestar que se aporta al bebé desde su nacimiento modifica su atención hacia la vida misma según este va creciendo. La ternura, el cariño, y comprensión que se proporciona le hace crecer tranquilo y alegre; la comunicación afectiva que en esa primera etapa de la vida ha de perdurar porque ese sello de afecto marcará de los niños en el hogar, aprenderán, quienes son, que pueden y que no pueden hacer, aprenderán a respetar a los adultos, a cuidar el orden, a ser aseados, pero, además, aprenderán cosas relacionadas con el lugar donde nacieron, con su historia y sus símbolos patrios. Todo eso lo van a asimilar sin que el adulto, se lo proponga. Así como los valores, a decir la verdad, a respetar al adulto, a respetar lo ajeno este aprendizaje va a estar matizado por el tono emocional que le impriman los padres, los adultos que le rodean, por la relación que con él establezcan y, muy especialmente, por el ejemplo que le ofrezcan.
Educar correctamente al niño exige que, desde muy temprana edad se le enseñen ciertas normas y hábitos de vida que garanticen tanto su salud física y mental como su ajuste social. El niño, en cada una de las etapas de su vida, debe comportarse de una manera adecuada, pero, para que esto se dé, es indispensable sentar previamente ciertas bases de organización de la vida familiar que le permitan tener las condiciones mínimas para lograr un desarrollo físico y psíquico adecuado
Para que el niño adquiera las normas y hábitos necesarios es indispensable que los padres organicen su vida, es decir, que le establezcan un horario de vida. Si se desea que el niño forme un hábito, primeramente hay que mostrarle cómo debe actuar. El ejemplo que ofrecen los padres y demás adultos que viven con él es muy importante. Además, es fundamental ser persistente, constante y tener la suficiente paciencia para no decaer en el logro de este propósito
Junto al ejemplo positivo que deben ofrecer los padres como educadores de sus hijos, está la orientación y ayuda constante. En la medida que el niño sea mayor, se recabará de él una mayor cooperación
Es en el colectivo familiar, donde se deben aprender y practicar los hábitos y normas positivas de convivencia social. Esto es posible a través de las relaciones que se establecen entre sus miembros. Son las relaciones familiares basadas en el amor y respeto mutuos las que ayudan a formar los hábitos sociales.
Cuando los padres tienen hábitos de convivencia social, ofrecen manifestaciones de cortesía, de respeto, comprensión, cooperación y solidaridad para con las personas con quienes conviven, constituyendo verdaderos ejemplos de buena educación. Este ejemplo es muy provechoso, pues el niño se comporta tal como ve actuar a los demás.
Las buenas relaciones de afecto y respeto entre las personas mayores del hogar, abuelos y padres, la cortesía hacia las figuras femeninas, el respeto a los ancianos e imposibilitados físicos, hacen que el niño adquiera buenos patrones de relación con sus semejantes.
Cuando un niño ingresa a la educación formal, la vinculación familia – institución admite una doble proyección: la institución, proyectándose hacia la familia para conocer sus posibilidades, necesidades, condiciones reales de vida y orientar a los padres para lograr en el hogar la continuidad de las tareas educativas. La familia, ofreciendo a la institución información, apoyo y sus posibilidades como potencial educativo.
